PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA CUERPOS SUPERIORES GENERALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA (A1.1100 Y A1.1200) DE LA OEP 2022-2023

Suscríbete a mi lista de correo

Te mandaré todas las novedades

Formulario de Novedades

Loading

PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA CUERPOS SUPERIORES GENERALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA (A1.1100 Y A1.1200). OEP 2022-2023

Hola,

Con fecha 16 de julio de 2024 se ha publicado en BOJA la Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes especialidades del Cuerpo Superior de Administradores de la Administración General de la Junta de Andalucía ( Cuerpos A1.1100 y A1.1200).

Os detallo los principales aspectos del proceso, si bien tenéis la convocatoria completa aquí: CONVOCATORIA OPE 2022 2023 A11100 Y A1200

1. REQUISITOS PARA PARTICIPAR: Las personas interesadas en participar en los procesos selectivos de acceso libre para acceder a las especialidades del Cuerpo Superior de Administradores convocadas, deberán reunir los siguientes requisitos:

1.1. Poseer la nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos exigidos en el  TREBEP en relación con el artículo 107 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.

1.2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

1.3. Estar en posesión del título contemplado en el Anexo I correspondiente al cuerpo y especialidad al que se presenta u otro título equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, o de la certificación supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.

1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad a que se aspira.

1.5. No haber sido separada la persona aspirante mediante expediente disciplinario del servicio.

Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.

Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 4 de la base octava, y la constancia de haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo establecido en el apartado 4 de la base cuarta de esta convocatoria.

 

Es decir, SOLO HAY QUE PRESENTAR LA SOLICITUD y EL PAGO DE LA TASA (o la acreditación de su exención en su caso).

2. SOLICITUDES: Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el Anexo III de la presente resolución. La presentación de las solicitudes se realizará de manera electrónica, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. La presentación electrónica requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes pasos a través de la dirección web del empleado público de Andalucía o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/libresolicitudes    (se pueden presentar a partir del DÍA 17 DE JULIO; siendo el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.)

a) La cumplimentación electrónica de la solicitud de participación (Anexo III).

b) La aportación de documentación en caso necesario.

c) La formalización del abono de tasas (modelo 046), salvo que concurra causa de exención del pago.

d) La firma y la presentación ante el registro electrónico de la solicitud.

Quienes deseen participar harán constar en su solicitud el turno por el que concurren, general o cupo de discapacidad (reserva para personas con discapacidad general o reserva para personas con enfermedad mental), entendiéndose que optan por el turno general si no hacen constar este dato, e identificarán en su solicitud de forma inequívoca esta convocatoria, consignando, entre otros extremos, el código correspondiente al cuerpo y especialidad a que se aspira.

Cada solicitud deberá ir acompañada, en su caso, de la siguiente documentación: (SI NO SE ESTA EXENTO BASTA CON ACOMPAÑÁR A LA SOLICITUD LA ACREDITACIÓN DEL PAGO DE LA TASA)

a) Acreditación del pago de la tasa de inscripción, en el supuesto de no estar exento del pago de la misma.

b) Certificado acreditativo de la condición y grado de discapacidad o resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

c) Dictamen técnico facultativo en que se fundamente la solicitud de adaptación de los ejercicios, conforme a lo establecido en el apartado 2 de la base tercera de la presente convocatoria.

d) Certificado oficial de la condición de miembro de familia numerosa alegada.

En los casos en los que los documentos relacionados en las letras b) y d) deban ser expedidos por los órganos competentes de la Junta de Andalucía, no resultará necesaria la incorporación del certificado siempre que la persona aspirante no se oponga a la comprobación de este requisito por el Instituto Andaluz de Administración Pública en la fase de admisión de solicitudes. En caso contrario o cuando la documentación haya de ser expedida por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones Públicas, dicho documento deberá ser inexcusablemente aportado junto con la solicitud de participación.

e) Documentación que acredite encontrarse en alguna otra de las situaciones legalmente establecidas en la normativa autonómica vigente para la exención de la tasa (VICTIMAS DE TERRORISMO, DE GENERO O INGRESO MÍNIMO VITAL)

IMPORTANTE !!! La presentación se realizará exclusivamente de forma electrónica, accediendo a la web del empleado público de Andalucía o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/libresolicitudes, en la que se elaborará y presentará la solicitud de la siguiente forma:

a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.

b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.

Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el tiempo y en la forma descrita anteriormente supondrá la inadmisión de la persona aspirante. No deberá presentarse en ningún caso la solicitud cumplimentada manualmente, siendo exclusivamente válida la tramitada a través de la referida dirección web del empleado público de Andalucía o, de forma directa, en la dirección web   https://lajunta.es/libresolicitudes

3. SISTEMA SELECTIVO: Sistema oposición. El proceso selectivo constará de dos ejercicios. La calificación final del proceso selectivo no podrá superar los 150 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en los dos ejercicios de que consta el referido proceso selectivo.

Primer ejercicio. Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito un cuestionario de carácter teórico-práctico, compuesto de dos partes, que se realizarán en la misma sesión, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. Las preguntas versarán sobre el contenido del temario al que hace referencia el apartado 6 de la base primera, conforme a la normativa vigente el día de publicación de la convocatoria en el BOJA, y que consta en el Anexo II, tal como se indica en el cuadro que figura en el apartado 1 de dicha base. (ESTO SUPONE QUE PARA EL PRIMER EJERCICIO NO AFECTAN LOS CAMBIOS NORMATIVOS QUE SE PRODUZCAN A PARTIR DEL 17 DE JULIO DE 2024). El tiempo concedido para la realización del ejercicio será de 180 minutos.

  • primera parte: de carácter teórico, cuestionario elaborado por la comisión de selección, adecuado a las funciones propias del cuerpo y especialidad convocado, que contendrá 79 preguntas tipo test, 75 de ellas ordinarias y evaluables y 4 de reserva, todas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 90. La puntuación necesaria para superar esta parte será 36 puntos. Cada acierto se valorará con 1,2 puntos y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.
  • segunda parte: de carácter práctico, cuestionario elaborado por la comisión de selección adecuado a las funciones propias del cuerpo y especialidad convocado y relacionado con el programa de materias aprobado, que contendrá 28 preguntas tipo test, 25 ordinarias y evaluables y 3 de reserva, todas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta.Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 30. La puntuación necesaria para superar esta parte será 12 puntos. Cada acierto se valorará con 1,2 puntos y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.

Para cada aspirante, la puntuación de cada parte de su ejercicio será la correspondiente de aplicar la siguiente fórmula: Puntuación = V*[A-(E/3)], donde V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas evaluables acertadas y E el número de preguntas evaluables erróneas. La puntuación final del ejercicio será la suma de la puntuación obtenida en ambas partes, teniendo en cuenta que para superar el ejercicio serán necesarios 48 puntos y haber obtenido el mínimo de puntuación requerida en cada una de las partes.

Limitación de Aspirantes al 2º ejercicio. Únicamente serán convocados a la realización del segundo ejercicio un número máximo de personas equivalente a las plazas a cubrir incrementado en un 100%, de entre aquellas personas aspirantes que hayan superado el primer ejercicio conforme a la puntuación obtenida, pudiendo ser superado este número únicamente en caso de empates. A estos efectos, en el cálculo del número de plazas a cubrir se adicionarán al número de plazas establecido en el apartado 1 de la base primera el número de plazas adicionales establecido en el apartado 2 de la referida base primera. Las personas aspirantes que no figuren en esta relación tendrán la consideración de suspensas y en ningún caso serán convocadas al segundo ejercicio de la oposición, finalizando así su participación en el proceso.

Aclaración de esta limitación:

En A1.1100, donde hay convocadas 223 plazas, más el incremento del 20%, lo que redondeando serian 268 plazas, y al ser mas de 25 plazas, hay que incrementar dicho número en un 100%, lo que implicaría que podrían realizar, como máximo el 2º ejercicio 536 personas; salvo que el 536 estuviese empatado en nota con el 537 y siguientes en cuyo caso se añadirían los empatados.

En A1.1200, donde hay 110 plazas convocadas, tendríamos que incrementar dicho numero en un 20%, lo que redondeando serian 132 plazas y al ser mas de 25 plazas, incrementar dicho número en un 100%, lo que implicaría que podrían realizar, como máximo el 2º ejercicio 264 personas; salvo que el 264 estuviese empatado en nota con el 265 y siguientes en cuyo caso se añadirían los empatados.

Segundo ejercicio. Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 90 minutos, un tema elegido por cada aspirante de entre dos extraídos al azar de los comprendidos en el programa de materias del cuerpo y especialidad correspondiente al que hace referencia el apartado 6 de la base primera, y que consta en el Anexo II, tal como se indica en el cuadro que figura en el apartado 1 de dicha base. Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 15 puntos para superar la prueba. El ejercicio será leído por cada aspirante en sesión pública ante la comisión de selección, valorándose los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

4. PREVISIÓN DE FECHAS, LUGAR Y COINCIDENCIA DE FECHAS:. Los ejercicios se realizarán en Sevilla y el primer ejercicio no se celebrará antes de los dos meses siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria. (EL IAAP YA HA INFORMADO QUE EL PRIMER EXAMEN SERA ENTRE LOS MESES DE OCTUBRE Y DICIEMBRE DE 2024, SIN QUE HASTA LA FECHA HAYAN DADO UNA PREVISIÓN MAS CONCRETA)

En virtud de la habilitación contenida en el artículo 2 de los decretos 566/2022, de 20 de diciembre, y 288/2023, de 27 de diciembre, por los que se aprueban las ofertas de empleo público para los años 2022 y 2023, respectivamente, los primeros ejercicios correspondientes a diferentes especialidades relacionadas en la base primera, se convocarán el mismo día y hora, con el fin de garantizar los principios de agilidad y eficacia. ES DECIR, EL PRIMER EXAMEN DEL A1.1100 Y DEL A1.1200 SERAN A LA MISMA HORA Y EL MISMO DÍA POR LO QUE LOS ASPIRANTES SOLO PODRÁN PARTICIPAR EN UN PROCESO DE LOS DOS CONVOCADOS DE FORMA CONJUNTA.

El lugar, fecha y hora del segundo ejercicio de la oposición se publicará en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública. Para cada ejercicio y su lectura se convocará a quienes se vayan a examinar en cada uno de los ejercicios en llamamiento único y se excluirá a quienes no comparezcan.

5. PLAZAS ADICIONALES: La convocatoria recoge en  aplicación de la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de Función Pública de Andalucía,  además de las plazas establecidas en las OEP un 20% de plazas adicionales de cada  cuerpo. Estas plazas adicionales tienen por objeto cubrir posibles futuras vacantes a cargo de las ofertas de empleo público de los dos años siguientes, a contar desde la fecha de la finalización del proceso selectivo.

La adjudicación de estas plazas adicionales, en el caso de que se produzcan las vacantes, no podrá efectuarse antes de que se determine la tasa de reposición correspondiente al año en que se produzca la vacante, con el fin de garantizar que no se supere la tasa de reposición en su caso establecida y se reduzca la temporalidad, sin perjuicio de lo establecido en la normativa básica.

6. BOLSAS DE INTERINOS: Quienes deseen formar parte de la bolsa de selección de personal funcionario interino deberán consignarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo indicar la provincia o provincias en las que, en su caso, quieran prestar servicios como personal funcionario interino. A falta de tal indicación se entenderá que opta por todas las provincias. A efectos de la formación de la bolsa de selección de personal funcionario interino, la base undécima determina la puntuación necesaria para su integración.

A los únicos efectos de integración en la bolsa de personal funcionario interino, la puntuación necesaria para superar el primer ejercicio se determinará por la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública con anterioridad a la identificación nominal de las personas participantes y se concretará en la resolución por la que se apruebe la relación de aspirantes a nombramiento de personal funcionario interino del cuerpo y especialidad. Para determinar dicha puntuación, que nunca será superior a la establecida en la base séptima para superar el primer ejercicio, se tendrá en cuenta el número de personas funcionarias interinas nombradas en el cuerpo y especialidad en los tres años anteriores a la publicación de esta convocatoria (ES DECIR, LA NOTA PARA ENTRAR EN BOLSA PUEDE SER INFERIOR A LA NECESARIA PARA APROBAR EL PRIMER EJERCICIO (COMPUESTO POR DOS PARTES TEORIA Y PRÁCTICA), PERO DICHA NOTA NO SE SABRÁ HASTA QUE NO SE PUBLIQUE LA BOLSA DE INTERINOS CORRESPONDIENTE A ESE CUERPO).

Cualquier novedad sobre el proceso informaré por aquí como siempre,

Un saludo,

 

Adriano

Escrito por Adriano De Ory

Hola, soy Adriano de Ory, funcionario del cuerpo superior de administradores de gestión financiera (A1.1200) y preparador de oposiciones a la Junta de Andalucía de: – Cuerpo superior de administradores generales (A1.1100) – Cuerpo superior de administradores de gestión financiera (A1.1200) – Cuerpos de gestión administrativa (A2.1100 y A2.1200) – Cuerpo general de administrativos y de auxiliares (C1.1000 y C2.1000)

Otras Novedades

3 DE DICIEMBRE DE 2024. INICIO DE CURSOS DE PREPARACIÓN A1.1100,  A2.1100 /  A1.1200 y A2.1200 /C1 Y C2. ACCESO LIBRE Y PROMOCIÓN INTERNA 2024. SISTEMAS  ONLINE NORMAL, «EXPRESS» Y DE REPASO.

3 DE DICIEMBRE DE 2024. INICIO DE CURSOS DE PREPARACIÓN A1.1100,  A2.1100 /  A1.1200 y A2.1200 /C1 Y C2. ACCESO LIBRE Y PROMOCIÓN INTERNA 2024. SISTEMAS  ONLINE NORMAL, «EXPRESS» Y DE REPASO.

3 DE DICIEMBRE DE 2024. INICIO DE CURSOS DE PREPARACIÓN A1.1100,  A2.1100 /  A1.1200 y A2.1200 /C1 Y C2. ACCESO LIBRE Y PROMOCIÓN INTERNA 2024. SISTEMAS  ONLINE NORMAL, "EXPRESS" Y DE REPASO. Hola, El 3 de Diciembre de 2024, iniciamos de nuevo preparaciones...

4 Comentarios

  1. Fatima

    Hola, me gustaría conocer el método de preparación para el A1.110. He aprobado recientemente el A2 de la AGE por lo que no parto de cero, me gustaría intentarlo en estos últimos meses. Agradecería método de preparación y si facilitan los temas ya preparados para el segundo ejercicio del desarrollo de tema. Muchas gracias

    Responder
    • Adriano De Ory

      Hola Fátima,

      Te he mandado la información a tu correo electrónico.

      Un saludo, Adriano

      Responder
  2. Álvaro

    Buenos días, tengo una duda acerca de las consecuencias que pueda tener el hecho de haber tenido que elegir un solo cuerpo de los dos convocados.
    Soy interino del A1.1200 y actualmente estoy trabajando y además figuro en el vigente colectivo 2 del citado cuerpo. No obstante mi preparación está siendo para el A1.1100, cuerpo en el que además entraré previsiblemente en bolsa preferente por haber obtenido más de 40 puntos en el examen de estabilización. Vista la convocatoria del proceso selectivo ordinario, he tenido que optar por presentarme al A1.1100. Las dudas son dos:

    -Por un lado, con la vigente normativa entiendo que, una vez terminado el proceso selectivo de A1.1200 al que no puedo presentarme, pasaría al colectivo 3. ¿Es así?
    – Por otro lado, visto el proyecto de reglamento de ingreso, en su artículo 42, no tengo claro si al no poder presentarme al A1.1200 seré excluido de la bolsa, pues parece que será colectivo único (a falta de leer el texto definitivo cuando se publique) y nada se dice en ese artículo sobre incluir a interinos que hayan cesado en los últimos años. ¿Podrían aclararme esto?
    Gracias y un saludo

    Responder
    • Adriano De Ory

      Hola Alvaro,

      Actualmente el único efecto es que no podrás estar en los colectivos correspondientes a esos exámenes (colectivos 2 y 5). Cuando se apruebe la nueva normativa entiendo que reorganizarán todo el sistema de bolsas por lo que actualmente es imposible saberlo a priori.

      Un saludo,
      Adriano

      Responder

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Share This